El Gobierno oficializó la incorporación del upstream de hidrocarburos al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI). El movimiento no es técnico: es político y económico. Hace menos de dos años la postura oficial era clara —el upstream no necesitaba beneficios adicionales—. Hoy el diagnóstico cambió.
La modificación apunta a integrar en un mismo paraguas promocional los grandes proyectos exportadores de petróleo y gas, evitando que queden “partidos” entre infraestructura y producción.
De la negativa al cambio de estrategia
El argumento original era simple: si un yacimiento ya había sido “derisked” y perforado con éxito, su ecuación económica estaba resuelta. No hacía falta incentivo extra.
Pero ahora el foco se trasladó a proyectos integrados de exportación, donde la infraestructura —oleoductos y gasoductos dedicados— requiere un volumen adicional de producción futura para cerrar números.
En ese esquema entran iniciativas como el oleoducto Vaca Muerta Oil Sur y desarrollos asociados a exportación de GNL. La lógica es que producción e infraestructura son técnicamente indivisibles cuando el objetivo es exportar.
A qué desarrollos alcanzará
El decreto 105/26 establece límites claros: solo aplicará a áreas que no tuvieran desarrollo significativo al momento de la sanción de la Ley 27.742 y que no cuenten con inversiones previas en explotación o producción al momento de solicitar adhesión.
Es decir: no es un premio retroactivo. Es una apuesta a nuevos desarrollos con perfil exportador.
Además, se exige segregación física, contable y societaria. Los Vehículos de Proyecto Único (VPU) deberán mantener activos, flujos y contabilidad separados para evitar mezcla de resultados con otros negocios del grupo.
En términos prácticos, el régimen fija un piso mínimo de inversión de US$ 600 millones para estos proyectos.
RIGI se extiende un año más
El plazo de adhesión, que originalmente vencía dos años después de la entrada en vigencia de la ley (8 de julio de 2024), se extenderá un año adicional desde julio de 2026.
La justificación oficial es que proyectos de gran escala requieren maduración financiera y estructuración compleja. Traducido: sin plazo extendido, algunos inversores no llegaban.
Dividendos, capital y controles
El decreto también aclara que la alícuota reducida del 3,5% sobre dividendos distribuidos al exterior se aplicará aun cuando el giro se realice a través de la matriz y no directamente desde el VPU.
A la vez, permite que aportes de capital del exterior se canalicen por distintas estructuras societarias, siempre que estén afectados exclusivamente al proyecto promovido y bajo trazabilidad obligatoria.
El desafío será el control. Porque en el papel la segregación está garantizada. En la práctica, dependerá de la calidad de la fiscalización administrativa.
El mensaje de fondo es claro: el Gobierno quiere acelerar exportaciones energéticas y está dispuesto a ajustar el diseño del régimen para lograrlo.
Fuente: Latinmining con información de Econojournal